NORMATIVA VALENCIANA DE DISEÑO DE VIALES Y ACERAS EN PROYECTOS DE NUEVAS URBANIZACIONES.
El Diseño de viario Urbano en la Comunidad Valenciana está reglado y normativizado. Las dotaciones públicas están condicionadas a los estándares urbanísticos que fijan las condiciones funcionales y dimensionan la red viaria.
Condiciones geométricas y funcionales de diseño de la red viaria:
PENDIENTES:
- La pendiente de los viales no debe superar el 12%.
- Las calles peatonales tendrán tramos escalonados cuando la pendiente supere el 5%.
- Los carriles bici no deben superar el 15% y tendrán 2 metros de ancho como mínimo.
- Los carriles bici no deben superar el 10% en más de 25 metros seguidos.
CALLES PEATONALES Y ACERAS:
- Las calles peatonales con acceso restringido estarán preparadas para poder circular vehículos mediante la diferenciación de materiales entre los espacios de peatones y vehículos.
- Deben tener un mínimo de 5 metros de ancho, las calles peatonales.
- Las aceras deben estar separadas de la calzada mediante condiciones de seguridad frente al tráfico. Se exceptúa la zona de paso de vehículos hacia aparcamientos privados.
- Las aceras nuevas tendrán un ancho mínimo de 2 metros.
- Las acera de más de 3 metros deben tener arbolado dejando libres dos metros de ancho siempre que no interfieran en los servicios públicos de la acera.
- Las aceras de más de 4 metros tendrán siempre arbolado de alineación.

TRANSPORTE PÚBLICO:
- Sobre los viales debe estar reflejada la red de transporte público.
- Los viales deben permitir el paso de los vehículos de emergencia, lo que supone dejar libre de paso 5 metros sin obstáculos.
ANCHURA MÍNIMA DE VIALES:
- Con un Índice de Edificabilidad Bruta superior a 0.60 m2/m2, será de 16 m. en viales de sentido único y 20 m. en viales de doble sentido.
- Con un Índice de Edificabilidad Bruta inferior a 0.60 m2/m2 y superior a 0.30m2/m2 será de 12 m. en viales de sentido único y 16 m. en viales de doble sentido.
- Con un Índice de Edificabilidad Bruta inferior a 0.30 m2/m2, será de 10 m. en viales de sentido único y 12 m. en viales de doble sentido.
- Terciario: será de 16 m. en viales de sentido único y 20 m. en viales de doble sentido.
- Industrial: será de 18 m. en viales de sentido único y 24 m. en viales de doble sentido.
NOTA: Estas 5 normas de anchura mínima se pueden flexibilizar en sectores residenciales hasta un 20% en calles de importancia menor y nunca SE superará el 25% del total de la superficie viaria.

APARCAMIENTO:
- Plazas de aparcamiento lineales (en cordón) serán de 2.20 m por 4.50 m.
- Las plazas de aparcamiento en batería serán de 2.40 m. por 4.50 m.
- Si no se han dibujado en los planos de proyecto las plazas de aparcamiento se debe computar 1 plaza de aparcamiento por cada 20 metros cuadrados de los reservados a tal efecto según las normas subsidiarias.

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